El reconocimiento médico para el permiso de conducir es realizado por profesionales sanitarios, un médico y un psicólogo.
Objetivo: Valorar las condiciones psicofísicas de los conductores. Para determinar su aptitud o no para la conducción. Así como la necesidad de imponer adaptaciones, restricciones o limitaciones.
No es función de este tipo de reconocimientos médicos llegar a un diagnóstico, ni tampoco efectuar pruebas, exámenes o exploraciones mas especializadas.
Actualmente rige las aptitudes psicofísicas requeridas para obtener o prorrogar la vigencia del permiso o licencia de conducir, el Real Decreto 1055/2015, de 20 de Noviembre, emitida por el Ministerio del Interior en el BOE número 279 y que modifica el Reglamento General de Conductores, aprobado por el real decreto 818/2009 del 8 de Mayo de 2009.
El reconocimiento Médico, consiste en:
A. Anamnesis: Interrogatorio acerca de antecedentes sobre cirugías, enfermedades familiares y personales. De igual manera se interrogará sobre la toma de medicación, problemas para dormir, desmayos o mareos.
Existen ciertas enfermedades que requieren un informe médico por parte de su médico tratante, por ejemplo en la Diabetes, esto para que exista una constancia de que se está realizando un seguimiento y control adecuado de la enfermedad.
Si bien es cierto que existen enfermedades que son indicación para restricciones tanto en años de validez del permiso de conducir; como en adaptaciones en el coche. Se debe tener en cuenta que estas son necesarias tanto para su bienestar como para el de todos los que le rodean. Es por ello que usted deberá ser lo más sincero posible.
B. Evaluación Física: Que incluye:
1. Agudeza visual. Para cerca y lejos.
2. Capacidad Auditiva. Mediante Audiometría tonal.
3. Sistema Locomotor. Se comprobará la motilidad y la fuerza muscular, así como que ninguna alteración impida la posición adecuada para conducir o un manejo eficaz de los mandos del vehículo, midiendo la fuerza muscular en las manos con un dinamómetro de Collin. También se apunta la talla y peso.
4. Sistema Cardiovascular. Mediante una auscultación cardíaca, toma de la tensión arterial, frecuencia y ritmo cardíacos. También se evaluará saturación de oxígeno con un oxímetro de pulso.
Para completar el informe psicofísico necesario para tramitación de cualquier permiso de conducción (expedición, renovación, canje o recuperación) se realiza una segunda parte, la exploración psicológica. En ella se complementan los siguientes apartados:
A. Anamnesis psicológica: a través de la observación directa por parte del profesional y la resolución de distintas cuestiones se busca conocer posibles antecedentes o problemáticas de índole psicológico (trastornos mentales o de conducta, revisión de medicación...)
B. Actitud perceptivo-motora: incluye una batería de pruebas que buscan medir la actitud perceptivo-motora de la persona. Fundamental conocer la coordinación bimanual del sujeto (es decir, el tiempo que se tarda en calcular con la vista la distancia para regular el movimiento de nuestra mano) .Otras de las pruebas sería, por ejemplo, medir la velocidad de anticipación de la persona ante un estimulo.
Para poder completar el informe satisfactoriamente es necesario que todos apartados tengan como dictamen la consideración de apto o apto con restricciones. Pueden existir restricciones, derivadas de alguna patología, pero que si están controladas por un profesional no tiene por qué afectar para la obtención o renovación del carnet.
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